La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un planteo de la defensa de Cristina Fernández de Kirchner y ratificó las condiciones bajo las cuales cumple su condena por la causa Vialidad. La expresidenta seguirá con monitoreo electrónico, restricciones en las visitas y limitaciones para utilizar la terraza de su domicilio.
La Cámara Federal de Casación Penal resolvió mantener sin cambios el régimen de prisión domiciliaria que cumple Cristina Fernández de Kirchner, al considerar que no existen nuevos elementos que justifiquen modificar las condiciones impuestas por la Justicia.
La decisión fue adoptada por la Sala IV del máximo tribunal penal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, quienes confirmaron la resolución dictada por el Tribunal Oral Federal 2, encargado de la ejecución de la condena de seis años de prisión contra la exmandataria en la causa Vialidad.
La defensa de la expresidenta había solicitado que se eliminaran las restricciones para recibir visitas, se retirara la tobillera electrónica y se flexibilizaran las condiciones para acceder a la terraza del edificio ubicado en la calle San José 1111, donde cumple la pena.
Sin embargo, los magistrados rechazaron cada uno de esos planteos y señalaron que el correcto cumplimiento de las reglas de conducta durante el último año no constituye un motivo suficiente para modificar el régimen de detención. Según el fallo, el acatamiento de las condiciones impuestas es precisamente uno de los factores que permitió mantener el beneficio de la prisión domiciliaria.
La Cámara también desestimó el argumento basado en el principio de progresividad de la Ley de Ejecución Penal. Los jueces entendieron que dicho sistema está previsto para personas alojadas en establecimientos penitenciarios y no implica una flexibilización automática para quienes cumplen condenas bajo la modalidad de arresto domiciliario.
En relación con las visitas, el tribunal recordó que las restricciones vigentes fueron establecidas después de un episodio registrado en noviembre de 2025, cuando Cristina Kirchner recibió de manera simultánea a nueve personas en su vivienda. Aunque los visitantes figuraban en la nómina presentada por la defensa, el encuentro no había sido expresamente autorizado por la Justicia.
A partir de esa situación, se dispuso que las visitas de terceros deban contar con autorización judicial previa, con un máximo de dos jornadas semanales, una duración de hasta dos horas y un límite de tres personas por encuentro, esquema que ahora quedó nuevamente ratificado.
Asimismo, la Cámara confirmó la continuidad del monitoreo mediante tobillera electrónica. La defensa argumentó que, tras un año sin incidentes y con custodia permanente en el domicilio, el dispositivo ya no era necesario. No obstante, los jueces señalaron que la legislación establece el monitoreo electrónico como regla general para las prisiones domiciliarias y que solo puede ser dejado sin efecto en circunstancias excepcionales, las cuales no se presentan en este caso.
Finalmente, el tribunal también mantuvo las restricciones horarias para el uso de la terraza del edificio, al considerar que la medida busca compatibilizar el derecho de la expresidenta a acceder a un espacio abierto con la necesidad de preservar la convivencia y la tranquilidad de los demás residentes.

