El Gobierno presentó en el Senado su propuesta de reforma laboral, que incluye cambios en indemnizaciones, período de prueba, vacaciones, sistemas de horas y regulación de medidas de fuerza. El texto surge del Consejo de Mayo y será tratado en sesiones extraordinarias.
El proyecto de reforma laboral firmado por el presidente Javier Milei ya comenzó su recorrido en el Congreso y propone una reconfiguración amplia del régimen de contrataciones. La iniciativa incorpora modificaciones en distintos aspectos del vínculo entre empleadores y trabajadores, en línea con los ejes discutidos durante el año en el Consejo de Mayo y los compromisos asumidos en el Pacto de Mayo.
Uno de los capítulos centrales es el de indemnizaciones, donde se redefine la base de cálculo al excluir ítems como vacaciones, aguinaldo, propinas o premios, y se establece que la remuneración considerada será la habitual devengada al menos seis meses en el último año. También fija topes: la base no podrá ser mayor a tres veces el salario promedio del convenio correspondiente y deberá tener como mínimo el 67% de ese valor. Además, introduce los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), un sistema obligatorio financiado con un aporte del 3% destinado a cubrir despidos, administrado por entidades autorizadas por la CNV, sin responsabilidad del Estado sobre las obligaciones patronales.
El proyecto habilita acuerdos individuales o con representación sindical para implementar “bancos de horas”, un mecanismo de compensación voluntaria de horas extras que deberá formalizarse por escrito y respetar los descansos legales, incluidos los 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales.
En materia salarial, se contempla la figura del “salario dinámico”, que podrá determinarse por tiempo trabajado o por rendimiento, incluso por unidad de obra, comisiones individuales o colectivas. También se habilita la posibilidad de liquidar remuneraciones en pesos, moneda extranjera o en especie.
Respecto del régimen de vacaciones, se mantiene la posibilidad de fraccionar la licencia en períodos no menores a siete días y se preserva la temporada de goce entre el 1° de octubre y el 30 de abril. El texto obliga a los empleadores a organizar las licencias de modo que cada trabajador acceda al descanso estival al menos una vez cada tres años. Además, si la licencia es interrumpida por enfermedad debidamente informada y controlada, el empleado deberá volver al finalizar el período original y reprogramar los días pendientes.
La propuesta también introduce límites a las asambleas laborales, ya que durante su realización los trabajadores no percibirán salarios. Se consideran infracciones muy graves acciones como impedir el trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza, promover bloqueos o tomas de establecimientos, o causar daños a bienes de la empresa o de terceros.
El Gobierno sostiene que la iniciativa busca modernizar el sistema laboral y fomentar la creación de empleo, en un debate que ya comenzó a generar reacciones en el ámbito sindical y anticipa un tratamiento legislativo cargado de tensiones.
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