El Tribunal Oral Federal N.º 2 resolvió sostener la modalidad de detención que cumple la exmandataria en su vivienda de Constitución, luego de revisar los informes elaborados por los organismos encargados de supervisar la ejecución de la pena.
La situación judicial de Cristina Fernández de Kirchner volvió a ser analizada por el Tribunal Oral Federal N.º 2, que decidió mantener el régimen de prisión domiciliaria vigente desde junio de 2025. La resolución fue adoptada tras examinar los reportes periódicos presentados por las áreas encargadas del seguimiento y control de la ex presidenta.
El fallo, firmado por el juez Rodrigo Giménez Uriburu, tuvo en cuenta los informes correspondientes a abril, mayo y junio elaborados por la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP) y la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica (DAPVE). Ambos organismos señalaron que la ex jefa de Estado mostró una conducta colaborativa y respetó las condiciones impuestas por la Justicia.
De acuerdo con la documentación analizada, los controles realizados en el domicilio ubicado sobre la calle San José al 1100 permitieron verificar el correcto funcionamiento del régimen de visitas. Las autoridades revisaron de manera periódica el registro de ingresos y egresos sin detectar irregularidades ni la presencia de personas no autorizadas.
Asimismo, el tribunal constató que las salidas realizadas por Fernández de Kirchner estuvieron previamente autorizadas. Entre ellas se incluyeron sus comparecencias ante el Tribunal Oral Federal N.º 7 en el marco del juicio por la causa Cuadernos y distintas consultas médicas vinculadas a controles de salud y tratamientos odontológicos.
Los informes también detallaron traslados a la Clínica Cecchi y al Sanatorio Otamendi para estudios y controles posteriores a una intervención quirúrgica. Según la resolución, todas estas salidas se desarrollaron dentro de las pautas fijadas y sin inconvenientes.
Respecto al sistema de monitoreo electrónico, los organismos responsables indicaron que no se registraron fallas en la geolocalización y que las únicas alertas detectadas estuvieron relacionadas con movimientos previamente autorizados por la Justicia.
En materia sanitaria, el expediente señala que la ex mandataria continúa bajo tratamiento por la ausencia de la glándula tiroides, recibe la medicación correspondiente y fue vacunada en su domicilio conforme a las indicaciones médicas.
La advertencia por la movilización de militantes
La resolución judicial también hizo referencia a la concentración organizada por militantes frente a la vivienda de Cristina Kirchner el pasado 14 de junio. El magistrado reconoció que el episodio motivó una advertencia formal hacia la ex presidenta debido a los cuestionamientos generados por la situación.
No obstante, el juez consideró que ese hecho puntual no alcanza para modificar la evaluación general sobre el cumplimiento de las condiciones de detención. En ese sentido, sostuvo que la movilización debe ser observada con atención hacia el futuro, aunque no resulta suficiente para desvirtuar los informes favorables elaborados por los organismos de control.
Tras ponderar todos los antecedentes reunidos, el Tribunal Oral Federal N.º 2 concluyó que Fernández de Kirchner respetó adecuadamente la obligación de permanecer en su domicilio y cumplió con las disposiciones vinculadas al control judicial, el monitoreo electrónico y las cuestiones sanitarias.
Por ese motivo, la Justicia resolvió ratificar la continuidad de la prisión domiciliaria como modalidad de cumplimiento de la condena impuesta a la ex presidenta.

