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Un fallo del juez federal Martín Cormick declaró inválida la resolución que regulaba los operativos antipiquetes impulsados por el Ministerio de Seguridad y abrió la puerta a acciones penales de quienes se consideren perjudicados.
El juez federal Martín Cormick hizo lugar a una acción de amparo colectivo y resolvió la nulidad del protocolo antipiquetes que había sido implementado por el Gobierno a través del Ministerio de Seguridad. La decisión judicial determinó que la Resolución 943/23 carece de los requisitos legales necesarios para ser considerada un acto administrativo válido.
En su fallo, el magistrado sostuvo que la norma presenta una ilegitimidad manifiesta, ya que no cumple con los elementos exigidos por la legislación vigente. En ese marco, señaló que la resolución avanzó sobre competencias que exceden a una disposición ministerial, al introducir modificaciones que impactan en normas penales, procesales y orgánicas de las fuerzas de seguridad.
Cormick también aclaró que las personas que hayan resultado afectadas por la aplicación del protocolo podrán realizar denuncias de manera individual ante la Justicia penal contra los agentes que hayan actuado en el marco de esas directivas, para que se evalúe su accionar conforme a la ley.
Tras conocerse el fallo, desde el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), organización que impulsó el amparo, destacaron que la sentencia establece límites claros a la actuación del Ministerio de Seguridad y remarcaron que no es posible restringir derechos constitucionales mediante una resolución administrativa. Según indicaron, el juez entendió que, bajo el argumento de ordenar el tránsito y fijar pautas para la policía, el protocolo avanzó sobre atribuciones propias del Congreso y del Poder Judicial.
El protocolo había sido aplicado por última vez a mediados de diciembre, durante una movilización convocada por la CGT contra la reforma laboral impulsada por el presidente Javier Milei, cuando la cartera de Seguridad ya estaba a cargo de Alejandra Monteoliva. Además, continúa en trámite una causa judicial vinculada a los hechos ocurridos en una protesta del 12 de marzo, cuando el reportero gráfico Pablo Grillo resultó herido por el impacto de un gas lacrimógeno mientras cubría una manifestación en las inmediaciones del Congreso.
Con esta decisión, la Justicia dejó sin efecto el marco normativo que regulaba los operativos antipiquetes y estableció que cualquier eventual responsabilidad derivada de su aplicación deberá ser analizada caso por caso, en el ámbito judicial correspondiente. El fallo marca un punto de inflexión en el debate sobre el alcance de las políticas de seguridad y el resguardo de las garantías constitucionales.
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